⚖️ Fuego y Muerte en el Penal: Imputan a Dos Internos por Estrago Doloso y Homicidio Tras el Incendio en la Alcaidía General de Salta
La Fiscalía Logró Identificar y Acusar Formalmente a Dos Detenidos como Presuntos Responsables del Siniestro en el Pabellón B1. La Tragedia Dejó un Saldo de un Muerto y 22 Lesionados, Exponiendo la Crisis de Superpoblación Carcelaria.
SALTA, 3 de Diciembre de 2025 – La justicia salteña ha dado un paso determinante en la investigación del trágico incendio ocurrido semanas atrás en la Alcaidía General de Salta, un siniestro que no solo causó daños materiales, sino que cobró la vida de un interno y dejó un saldo de 22 lesionados. En una acción judicial clave, la Fiscalía de la Unidad de Graves Atentados Contra las Personas ha logrado individualizar e imputar formalmente a dos detenidos como presuntos responsables del hecho.
Ambos internos fueron acusados bajo la grave figura de estrago doloso y estrago doloso seguido de muerte, cargos que conllevan severas penas de prisión. Esta imputación transforma el incidente de un mero accidente carcelario a un delito grave con víctimas fatales, señalando un acto intencional que puso en riesgo la vida de decenas de personas en el abarrotado pabellón B1.
El caso ha reabierto el debate sobre las condiciones de detención en la provincia y la crítica situación de la superpoblación carcelaria en la Alcaidía, que opera muy por encima de su capacidad y donde incidentes de esta magnitud se vuelven una amenaza constante.
I. La Imputación: Figuras Legales y la Acusación de Dolo
La imputación de la Fiscalía se basa en la prueba recabada por la División de Bomberos de la Policía de Salta y las pericias realizadas por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), además del análisis de testimonios internos.
Estrago Doloso y Estrago Doloso Seguido de Muerte
La elección de estas figuras legales es crucial:
• Estrago Doloso (Art. 186 del Código Penal Argentino): Se aplica a quien "causare incendio, explosión o inundación" con peligro para un número indeterminado de personas. El elemento clave aquí es el dolo, es decir, la intención de causar el incendio (o la conciencia de que su acción lo provocaría y la aceptación del riesgo). Este delito es grave por sí mismo, con penas de prisión de tres a diez años.
• Estrago Doloso Seguido de Muerte (Agravante): Al haberse confirmado el deceso de un interno en el hospital a causa de las lesiones o inhalación de humo (además de los 22 heridos), la figura se agrava. Esta calificación eleva sustancialmente la expectativa de pena, pudiendo ser de diez a veinticinco años de prisión, equiparándose a una figura cercana al homicidio simple.
La Fiscalía deberá demostrar que los acusados iniciaron el fuego con la intención de causar un caos, un motín o una protesta violenta, y que eran plenamente conscientes del riesgo que su acción representaba en un ambiente cerrado y altamente combustible como un pabellón carcelario.
La Prueba Clave para la Identificación
Según las fuentes judiciales, la individualización de los dos internos fue posible gracias a:
1 Testimonios Internos: El trabajo de investigación dentro del penal permitió a la Fiscalía recolectar testimonios de otros internos y personal penitenciario que identificaron a los responsables de iniciar las llamas.
2 Análisis de la Escena: Las pericias de Bomberos determinaron el foco del incendio y el tipo de material utilizado, lo que se pudo vincular con la ubicación de los imputados dentro del pabellón B1.
3 Registros de Cámaras: Aunque la cobertura en pabellones es limitada por cuestiones de privacidad, las cámaras en los pasillos de acceso pudieron haber registrado movimientos o comportamientos sospechosos de los acusados inmediatamente antes del inicio del fuego.
II. La Tragedia Humana: Un Muerto y 22 Vidas Lesionadas
El saldo del incendio es un crudo recordatorio de las condiciones de riesgo en la Alcaidía. El interno fallecido, cuya identidad se mantiene bajo reserva por respeto a la familia, sucumbió a las heridas provocadas por la inhalación de humo y las quemaduras, días después de haber sido trasladado de urgencia.
• Las Secuelas Físicas y Psicológicas: De los 22 lesionados, la mayoría sufrió intoxicación por inhalación de monóxido de carbono y humo. Si bien muchos fueron dados de alta tras recibir asistencia, el impacto psicológico de vivir un incendio en un ambiente cerrado es profundo, aumentando la tensión y el estrés en la ya precaria vida intramuros.
• La Vulnerabilidad del Pabellón B1: El pabellón afectado es, históricamente, uno de los más superpoblados de la Alcaidía. La alta concentración de internos y la acumulación de materiales inflamables (colchones de espuma, ropa, plásticos) hicieron que el fuego se propagara con una velocidad devastadora.
III. El Debate Pendiente: Crisis Carcelaria y Superpoblación
Más allá de la responsabilidad individual de los imputados, la tragedia en la Alcaidía General de Salta expone la crisis estructural del sistema penitenciario provincial.
• Superpoblación Crítica: La Alcaidía General, diseñada para albergar un número significativamente menor de internos, opera con una sobrepoblación que supera el 150% de su capacidad real. Esta densidad poblacional es un caldo de cultivo para la violencia, los motines y los incidentes como el incendio.
• Falta de Recursos: La falta de inversión en infraestructura y seguridad interna (sistemas anti-incendio, renovación de colchones ignífugos, etc.) transforma cualquier conato de incendio en un desastre potencial. La sobrecarga del personal penitenciario también es un factor de riesgo.
• Violación de Derechos Humanos: Organizaciones de Derechos Humanos han advertido en reiteradas ocasiones que las condiciones de detención en la Alcaidía constituyen, en muchos aspectos, una violación de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad, incluyendo el derecho a la vida y la integridad física.
La investigación judicial, en paralelo con la búsqueda de los responsables del incendio, debería motivar una investigación administrativa interna dentro del Servicio Penitenciario para determinar si hubo fallas en los protocolos de prevención y evacuación.
IV. El Proceso a Seguir
Con la imputación formal, el proceso judicial de los dos internos avanza a la etapa de investigación penal preparatoria.
• Declaración Indagatoria: Los imputados serán notificados de los cargos y tendrán la oportunidad de prestar declaración indagatoria, momento crucial donde podrán dar su versión de los hechos o abstenerse.
• Prisión Preventiva: Dada la gravedad de los cargos y el riesgo de fuga o de entorpecimiento de la investigación, es altamente probable que el Fiscal solicite la prisión preventiva de los dos acusados.
• Juicio Oral: De confirmarse las pruebas del dolo y la causalidad entre el incendio y la muerte del interno, el caso avanzará a juicio oral, donde las familias de las víctimas y los 22 lesionados buscarán que se haga justicia por un hecho que marcó un punto oscuro en la historia penitenciaria reciente de Salta.
La imputación de los dos internos por estrago doloso es un mensaje de la justicia de que los actos de violencia extrema en el penal serán castigados con la máxima rigurosidad, pero no resuelve el problema de fondo: la urgente necesidad de una política penitenciaria que garantice la seguridad y la dignidad en los centros de detención de la provincia.